Mostrando entradas con la etiqueta juan. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta juan. Mostrar todas las entradas

jueves, 29 de agosto de 2013

La fuerza de las ideas. El Ghetto Escondido II

Solo en las ideas encuentro lo que me sostiene e impulsa. Hubiese acabado sumido en una profunda depresión sin ellas. Me albera la esperanza de verlas materializadas o por lo menos haberlas sembrado y que en el futuro germinen en el pensamiento de todos aquellos que me leen y escuchan. Con la posibilidad de que ocurra el cambio que se necesita , y por cierto, urgentemente la política penitenciaria en la provincia de córdoba.
Donde como una cruel ironía dentro de esas telas electrificadas se nos apila como las  pequeñas montañas de residuos que tenemos al alcance de nuestras miradas. Devolviendo nos igual o peor a una sociedad que nos margina y excluye a diario, expulsandonos a un circuito que se retroalimenta  de esas almas en pena por no hallar un lugar en la construcción social. Y que abrigados por nuestros pequeños infiernos nos vemos empujados a engrosar indices y estadísticas cada vez mas alarmantes, que la dirigencia política se encarga de ocultar o permanecer indiferente frente a ellas. Asi postergando soluciones concretas de re educacion y re socializacion de sujetos sociales afectados por un influjo de sus ambientes de crecimiento y desarrollo, que no hallaron el verdadero sentido a la pertenencia en el espacio social y que solo encontraron alcohol,armas,drogas en su camino o barrio,muchos desde pequeños y otros desde la adolescencia. Vistos siempre reducidos a esos ámbitos por la carencia de núcleos familiares integrados. Ámbitos donde la desintegración de la genera la falta de recursos y de oportunidades, que se ven coartadas por políticas que observan al desarrollo de las elites únicamente  otorgándoles la mayoría de los recursos del estado a ellos, y cuando hay elecciones conformar a gente como uno, con cajas de alimentos, subsidios transitorios, que solo prolongan nuestra esperanza de algún día emigrar a que en el barrio se desarrolle algún instrumento que nos permita por lo menos alcanzar alguno de nuestros sueños.
Atrapados nuevamente por un sistema que se retroalimenta de nuestra persona, producto de nuestras dificultades. Pasando a ser el plato principal de una fuerza policial, represiva y abusiva, que construye sus carreras a costas de procedimientos ilegales,dudosos y hasta armados,con el fin de alcanzar el merito de lograr el ascenso o algún dinero extra amparando bocas de expendió de droga. Que, asi van reciclando el producto que despues transforman el poder judicial en un articulo que como en un mercado persa ofrece a estudio jurídicos y abogados con el fin de obtener ganancias. Y ante la imposibilidad de ellas, terminan en el GHETTO ESCONDIDO generando un presupuesto que en nada se condice con lo que recibimos o vemos en los hechos. Asi hasta nuestra libertad donde  quedamos a la buena de Dios, sin lograr un acompañamiento o camino a la reinsercion social, despues de haber adquirido aunque sea un oficio o una posibilidad de acceder a los estudios de cada ciudadano/a en situación de detención requiera y merece por ley. En donde ello se observa en el area de seguridad con su política recesiva y abusiva y generadora de confrontaciones, con el fin de preservar ese producto que volverá en algun momento el presupuesto exigido por el SPC. Para la sustentación del mismo. Es ahi a donde se apunta con la politica de decisiones erradas,siendo el resultado de estos, la burocracia judicial, que llevan a ciudadanos detenidos por delitos menores hasta los 2 dos años o mas de proceso, cuando,las penas arrancan de1 mes; originandosle un gasto al estado, mayor al resultado del delito en si mismo. Encubriendo indices y estadisticas con el objetivo de brindar una imagen de  seguridad , que todos los dias se les escapa de las manos al observar o escuchar los medios de comunicación  sin detenerse a pensar, que el monstruo que van gestando que en algún momento los devorara. 

Haig "Juan" Garaved
Observador detenido en una cárcel en Córdoba


próxima publicacion:" Como se construye una causa penal, ilícitamente"

domingo, 18 de diciembre de 2011

MODELO: INTERPONE HABEAS CORPUS CORRECTIVO


Señor Juez a cargo del Juzgado de Garantías en Turno:

Torquatto Mitre, abogado inscripta en el T. X, f. 10, C.U.I.T. Nº 10000000-3, I.V.A. Resp. Inscripto Leg. Previsional Nº 1000000 C.A.B.B., constituyendo domicilio procesal en la calle 20 de octubre 240 de Bahía Blanca, en representación de Eugenio Takhisis, a V.S. respetuosamente me presento y digo:

I-
Que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 405 del C.P.P. vengo por el presente a interponer acción Hábeas Corpus preventivo a favor de Eugenio Takhisis, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado en calle El Primogénito nro. 45, de la ciudad de Bahía Blanca.-
Ello es en razón de haberme manifestado su señora madre Elsa Paladine, que el día sábado 1 de agosto de 2007 alrededor de las 2:00 de la mañana, mi asistido, fue interceptado por la policía a la salida de un local bailable y luego fue llevado a la Comisaría Nº 2 de este medio, sin razón aparente, con el mero objeto de llevar a cabo una averiguación de antecedentes-.
Posteriormente, el día miércoles 3 de agosto de 2007, aproximadamente a las 22:00 hs., cuando mi asistido se encontraba en una reunión de amigos en la esquina de su casa, fue nuevamente aprehendido y trasladado a la dependencia judicial por idénticas razones.
A posteriori, durante la semana próxima a lo ocurrido se han presentado en el domicilio de Paladine diversas personas vestidas de civil indagando sobre circunstancias personales relacionadas con su estilo de vida, preguntando que actividad tenía el nombrado, sus horarios de trabajo, amistades que frecuenta y demás preguntas relacionadas con su estilo de vida, sin especificar en ningún momento por qué motivos lo hacían, negándose a exhibir documentación identificatoria y sin especificar en ningún momento los motivos por lo que lo realizaban.
Asimismo se han visto distintos automóviles conducidos por estas mismas personas pasando frente del domicilio mencionado esgrimiendo armas de fuego en forma amenazante hacia mí representado.


II-  
Desconociendo las razones de estas sucesivas detenciones y temiendo por su integridad psicofísica y por su libertad de locomoción es que solicito a V.S.:
1. Se libre oficio a la Comisaría Segunda de Bahía Blanca a fin de que informe si pesa en su jurisdicción alguna orden de detención o averiguación de paradero a nombra de Eugenio Takhisis y en su caso informe nombre del magistrado, y delito y causas en la que ha sido librada.
2. Se libre oficio al Ministerio de Seguridad de la pcia. de Buenos Aires a fin de que tome conocimiento acabado de los extremos aquí denunciados.


PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERA JUSTICIA.-

 

Interpone Habeas Corpus Correctivo (II)

 



Sr. Juez de Ejecución:
   María Evangelina Coppolillo, abogada defensora de Juan Fernández, inscripta en la matrícula al T. III F. 209 del CABB, CUIT: 27-435987-6, Responsable Inscripto, con domicilio constituido en 19 de Mayo 531 de la ciudad de Bahía Blanca, en la causa N° 22.555, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
             
I. OBJETO:    
   Que vengo a interponer habeas corpus correctivo a favor de mi asistido, alojado en la Unidad Penitenciaria n° 34 debido a la agravación de las condiciones de detención que viene sufriendo.

II. HECHOS:
   Tal como surge del acta que se adjunta, el Sr. Fernández ha sufrido agresiones dentro de la Unidad Penitenciaria en donde se encuentra internado.
   Según surge del acta que acompaño, mi pupilo ha sido víctima de golpes por parte de agentes del Servicio Penitenciario, con motivo de una simple discusión originada por el turno para efectuar comunicaciones telefónicas.
   En virtud de lo antes expuesto es que se solicita el traslado a la Unidad Penitenciaria n° 4 de nuestra ciudad, o algún Hospital Nauropsiquiátrico de la zona, ya que además de las agresiones físicas y maltratos recibidos, el mismo hecho de la internación en la unidad n° 34 está afectando seriamente los vínculos familiares del encausado.

III. PRUEBA.
1) DOCUMENTAL: Se adjunta al presente copia del acta labrada por el Jefe de Despacho de la Procuración General de la S.C.J.B.A.
2) INFORMATIVA: En virtud del Art. 413 del C.P.P.B.A., solicito se ordene a la Unidad Penitenciaria n° 34 de Melchor Romero que informe lo siguiente:
- Estado de Salud actual del interno.
- Tratamiento Médico que haya recibido durante su estadía.
- Tratamiento Psiquiátrico que se le viene aplicando al interno.
- Qué medicación recibe el Sr. Fernández y en qué dosis se la suministra.
- El registro de las visitas recibidas por el encausado, detallando nombre de los visitantes y las fechas en que tuvieron lugar las mismas.
- Número del Pabellón en el cual se encuentra alojado y características de la población que allí reside.
- Si existe escuela secundaria dentro del establecimiento carcelario.


IV. DERECHO.
    Respecto de las agresiones físicas recibidas por el Sr. Fernández y de los maltratos perpetrados por el personal del Servicio Penitenciario se encuentra violación a los arts. 18 de la C.N.; 3 y 5 de la D.U.D.H.; I de la D.A.D.D.H.; 6 y 7 del P.I.D.C.P.; 4 y 5 de la C.A.D.H. Además existe violación al principio n° I de los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de la Libertad en las Américas; al principio n° 1 de los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos (O.N.U.); principios 1,6 y 7 del Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión y, principios 1 y 8 de los Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental (O.N.U).
   En cuanto a la imposibilidad de mantener contacto con su familia, implica una falta de cumplimiento  al art. 16.3 de la D.U.D.H.; art. 6 de la D.A.D.H.; art.23 del P.I.D.C.P.; art. 10 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales Culturales; art.15 del Protocolo de San Salvador; Regla 37 de las Reglas Mínimas para el tratamiento de Reclusos (O.N.U.); y principio n° XVII de los Pricipios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de la Libertad en las Américas.

V. PETITORIO. Por todo lo expuesto solicito:
1) Se tenga por presentado el presente Habeas Corpus Correctivo.
2) Se disponga el inmediato comparendo del Sr. Fernández a los estrados de vuestro Juzgado a los fines de ampliar lo denunciado en la copia del acta que se adjunta y de dar cumplimiento a lo dispuesto en art. 412 C.P.P.B.A.
3) Se ordene al feje de la Unidad Penitenciaria n° 34 la confección de todos informes solicitados y de los que oportunamente V.S. considere necesarios obtener.
4) Se decreten todas las disposiciones que V.S. estime pertinentes para el cese de las medidas agravatorias de las condiciones de detención, y se ordene el traslado del Sr. Fernández a la Unidad Penitenciaria n° 4 de nuestra ciudad.

PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA