domingo, 18 de diciembre de 2011

¿Hay algún tipo de delitos respecto de los cuáles la libertad condicional NO es viable?

Sí. A partir del 11 de junio de 2004, quienes hayan cometido algunos de los siguientes

delitos no podrán acceder a la libertad condicional:


 

Homicidio agravado previsto en el artículo 80, inciso 7, del Código Penal.

Delitos contra la integridad sexual de los que resultare la muerte de la víctima,

previstos en el artículo 124 del Código Penal.

Privación ilegal de la libertad coactiva, si se causare intencionalmente la muerte de la

persona ofendida, previsto en el artículo 142 bis, anteúltimo párrafo, del Código Penal.

Homicidio en ocasión de robo, previsto en el artículo 165 del Código Penal.

Secuestro extorsivo, si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida,

previsto en el artículo 170, anteúltimo párrafo, del Código Penal.


 

La solución ante esta negativa es plantear la inconstitucionalidad de la ley por ser contraria al

principio de resocialización, proporcionalidad y progresividad de las penas.


 

Cabe recordar que estas limitaciones son producto de la reforma denominada "Ley

Blumberg

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